Politicas publicas

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La compra pública innovadora

21 de octubre de 2013 Artículos doctrinales

La contratación pública no puede ser considerada como un fin en si mismo sino que constituye una herramienta jurídica al servicio de los poderes públicos para el cumplimiento efectivo de sus fines o de sus políticas públicas. Es por ello, que en los últimos tiempos, el legislador ha apostado por la incorporación de criterios sociales, medioambientales o de investigación en la contratación pública, de forma que la contratación constituye un instrumento con el que los poderes públicos intervienen en la vida económica, social y política del país.

Las cláusulas sociales en la contratación pública

Tal y como ha señalado la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón (Informe 17/08), la contratación pública no puede ser considerada como un fin en si mismo sino que debe ser visualizada como una potestad o herramienta jurídica al servicio de los poderes públicos para el cumplimiento efectivo de sus fines o sus políticas públicas.

25 años de la Convención de los Derechos del niño. Repaso de la situación legal de los menores.

11 de marzo de 2015 Jurisprudencia

Hace hoy 25 años, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobaba de manera solemne,  la Convención sobre los Derechos del Niño, convirtiéndose a partir de ese momento en el referente de todo el sistema contemporáneo de protección a la infancia. Por primera vez se contemplaba al menor como sujeto de derechos, y su “interés superior” se convertía en el principio en torno al cual habrían de girar todas las decisiones relacionadas con él.

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